Atención inversores, Terreno en zona de gran crecimiento, consúltenos por mas información. Digesto Departamental Detalle de Artículo D.213 ________________________________________ VOLUMEN V TEXTO ORDENADO DE NORMAS DE LA EDIFICACIÓN - TONE LIBRO II PARÁMETROS DE EDIFICACIÓN PARTE LEGISLATIVA TÍTULO II Región Maldonado - Punta del Este CAPÍTULO IV Sector 3 - Balneario SECC. ÚNICA ________________________________________ Artículo D.213 Subzona 3.1.2. a) Límites: Está definida por la poligonal: Edgardo Genta desde Rambla Costanera hasta Camino de la Laguna; Ñapindá desde Camino de la Laguna hasta Ñangaripé Ñangaripé desde Ñapindá hasta -a través de su prolongación Avda. España Límite de la zona Maldonado, hasta el Bvar. Artigas. Bvar. Artigas desde Cachimba del Rey hasta la calle Azotea; Calle Azotea desde Bvar. Artigas hasta calle Mercedes, Calle Mercedes desde Azotea hasta Mar del Coral Calle Mar del Coral desde Mercedes hasta Mar Negro Calle Mar Negro desde Mar del Coral hasta Martiniano Chiossi Martiniano Chiossi desde Mar Negro hasta República Argentina; República Argentina desde Martiniano Chiossi hasta Rambla C. Williman; Rambla Costanera Claudio Williman desde Rep. Argentina hasta Edgardo Genta. b) Normas especiales: No se autorizan bloques medios ni altos. c) Dimensiones mínimas de predios: - Bloques bajos: área 1200 m2. y frente 30 mts. - Conjuntos de bloques bajos: 900 m2.por bloque y 30 mts. de frente. - Conjuntos de unidades locativas aisladas o apareadas: 600 m2 por unidad o par. d) Retiros mínimos: frontales: - bloques bajos: 6 mts. - unidades aisladas o apareadas: 4 mts. bilaterales: - bloques bajos: 3 mts., debiendo la suma promedial de los laterales superar 8 mts.. - unidades aisladas o apareadas: 2 mts. debiendo su suma promedial ser Mayor a 6 mts.. de fondo: - bloques bajos: 4 mts.. - unidades aisladas o apareadas: 3 mts.. e) Altura máxima: - bloques bajos: 9 mts. (PB + 2PA) - unidades aisladas o apareadas: 7 mts. (PB + PA) f) Ocupación: Bloques bajos: F.O.S SS.: 40% F.O.S.: 20% F.O.S.V: 60% F.O.T.: 60% Las unidades locativas aisladas o apareadas se rigen por la norma general de ocupación de la zona 3.1 Barrio Jardín. g) Salientes y cuerpos salientes: 1.50 mts. excepto en los bloques bajos que pueden llegar a 2mts.. ________________________________________ Listado de fuentes asociadas al artículo Fuente Observaciones Dto.Jta.Dep. 3718 de 1997-12-23
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